El pasado 27 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

En el ámbito tributario las modificaciones que se proyectan por cada Impuesto son las siguientes:

Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas:

  • Incremento de 2 puntos porcentuales para bases liquidables generales superiores a 300.000 €; como las Comunidades Autónomas tienen potestad para subir o bajar las tarifas dentro de una horquilla de la parte autonómica, la escala definitiva del IRPF dependerá de cómo actúe cada Comunidad Autónoma; por ejemplo en Cantabria, si la Comunidad Autónoma mantuviera su actual tarifa autonómica, la tarifa agregada (estatal y autonómica) a aplicar para rentas superiores a 300.000 € pasaría a ser del 50% en 2021.
  • Incremento de 3 puntos en la tarifa del ahorro, pasando del 23% al 26% el tipo impositivo para bases del ahorro que superen los 200.000 €; con lo cual las tarifas del ahorro serían las siguientes: hasta 6.000 € tributarían al 19%; de 6.000 a 50.000 € tributarían al 21%; de 50.000 a 200.000 € tributarían al 23% y lo que exceda de 200.000 € tributaría al 26%.
  • La reducción existente por aportación a planes de pensiones individuales, se rebajará desde los 8.000 € actuales a los 2.000 € proyectados; se amplía el límite conjunto de aportaciones individuales y de planes de empleo de 8.000 € actuales a 10.000 € proyectados.
  • Se prorrogan para 2021 los límites vigentes para aplicar el régimen de Estimación Objetiva (módulos).

 

Impuesto Sobre el Patrimonio:

  • Se subirá el tipo impositivo en 1 punto porcentual del último tramo de la escala, que pasa a ser del 2,5 % al 3,5%. Al igual que pasa en el IRPF, al tener las Comunidades Autónomas capacidad normativa respecto a las tarifas de este impuesto, el efecto final de esta medida proyectada dependerá de las medidas tomadas por cada Comunidad Autónoma.
  • Se establece la vigencia del Impuesto de manera indefinida, para que no sea necesario prorrogarlo año tras año mediante una Ley.

 

Impuesto Sobre Sociedades:

  • Se reduce la exención sobre dividendos y plusvalías generadas por la transmisión de participaciones de filiales en el exterior, del 100% actual al 95% proyectado; si bien sólo será aplicable esta medida inicialmente para entidades con un importe neto de cifra de negocios superior a 40 millones de euros; las entidades con importe neto de cifra de negocios inferior a 40 millones de euros podrán seguir aplicando la exención del 100% por dividendos durante los próximos 3 años.

 

Impuesto Sobre el Valor Añadido:

  • Se incrementa del 10% al 21% el tipo aplicable a la venta de bebidas azucaradas en supermercados y comercios; quedando por tanto la consumición en establecimientos de hostelería al tipo del 10%, como en la actualidad.

 

Impuesto Sobre las Primas de Seguros:

  • Se incrementa el tipo del 6% al 8%

 

Impuesto Sobre Hidrocarburos:

  • El tipo estatal general del gasóleo subirá a 34,5 céntimos por litro, frente a los 30,7 actuales.