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Canal de denuncias en empresas

Canal de denuncias en empresas

“La nueva Ley 2/2023 de protección al informante (basada en la directiva (UE) 2019/1937 whistleblowing)”

La implementación de la Ley de protección al informante ha sido finalmente realizada en España. Se requiere que todas las empresas con 50 o más empleados y todas las entidades gubernamentales establezcan un sistema de reporte confidencial.​

Aquellas empresas que no cumplan con esta obligación podrían enfrentar sanciones, como la prohibición de acceder a subvenciones y contratos públicos, mientras que las entidades gubernamentales podrían perder el acceso a los Fondos Europeos. ​

Es importante destacar que este sistema de reporte debe garantizar la seguridad y permitir el completo anonimato para aquellos que deseen realizar una denuncia, con el objetivo de proteger al informante de posibles represalias por parte de las personas denunciadas. Esta medida es considerada fundamental tanto por organizaciones de transparencia y lucha contra la corrupción a nivel mundial, como por instituciones como la OCDE y Bruselas.​

La ley requiere sistemas internos de denuncia en partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que manejan fondos públicos, así como en entidades del sector público, administraciones locales y nacionales, organismos dependientes y universidades. ​

Los municipios con menos de 10.000 habitantes tienen plazo hasta el 1 de diciembre. La Autoridad Independiente de Protección del Informante establecerá el canal externo, y se podrán utilizar sistemas autonómicos similares. ​

Hay dos tipos de sistemas de denuncia: internos y externos. Empresas con más de 50 empleados deben implementar sistemas internos, y aquellas con más de 250 empleados deben hacerlo desde este pasado martes día 13 de junio. Las empresas más pequeñas tienen plazo hasta el 1 de diciembre. ​

Los grupos empresariales pueden tener un único buzón de denuncia para todo el grupo.

CUESTIONES CLAVE

¿Qué tipos de organizaciones necesitan implementar un canal de denuncias?

  •  Si tienes 50 o más trabajadores.
  •  Independientemente del número de empleados, si te dedicas a servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte o protección del medio ambiente.
  • Si se trata de un partido político gestionado con fondos públicos o de una fundación dependiente de uno.
  • Si se trata de una administración pública o ente público.

¿Qué requisitos debe cumplir un canal de denuncias según la nueva legislación?

  1. Asegurarse de que se acuse el recibo de las comunicaciones en un plazo máximo de siete días.
  2. Asegurarse de que el canal sea fácilmente accesible y que proporcione instrucciones claras sobre su uso.​
  3. Permitir la presentación de comunicaciones por escrito, de manera verbal, o por ambos medios.​
  4. Garantizar la confidencialidad de las comunicaciones emitidas a través del canal.​
  5. Cumplir con la normativa de protección de datos en todo momento.
  6. Permitir la presentación de comunicaciones anónimas, si es necesario.
  7. Establecer un sistema de gestión independiente que permita un trato diligente de la información en relación con los plazos y comunicaciones establecidos en la ley.

¿Qué consecuencias existen por no establecer de manera adecuada un sistema de reporte confidencial?

Las consecuencias por no implementar un sistema de reporte confidencial adecuado incluyen sanciones económicas, la prohibición de acceder a subvenciones y contratos públicos, así como repercusiones reputacionales y penales. Las multas pueden oscilar entre 1.001 y 300.000 euros para personas físicas, y entre 100.000 y 1 millón de euros para personas jurídicas. La falta de detección de prácticas irregulares puede dañar la imagen de la organización, y la ausencia de un sistema efectivo puede implicar la no aplicación de la exención de responsabilidad penal de la entidad.

¿Cuáles son los plazos para su implantación?

  •  13 de Junio de 2023: Las empresas con más de 250 empleados y las organizaciones del sector público (excepto municipios con menos de 10.000 habitantes) deben tener su propio sistema de reporte confidencial implementado antes del 13 de junio de 2023.

 

  •  1 de Diciembre de 2023: Las empresas con una plantilla de entre 50 y 249 trabajadores, así como los municipios con menos de 10.000 habitantes, deben establecer su sistema de reporte confidencial antes del 1 de diciembre de 2023.